El dilema permanente del administrador de fincas

Gestionar una Comunidad de Propietarios es un ejercicio constante de equilibrio. Por un lado, los vecinos exigen reducir los gastos al mínimo. Por otro, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) impone requisitos formales estrictos en materia de convocatorias, actas y reclamaciones de deuda.

Durante años, cuando un administrador necesitaba garantizar la prueba de una notificación, recurría al burofax. El problema es evidente: enviar 40 o 50 burofaxes para una Junta ordinaria resulta económicamente inviable. Sin embargo, utilizar un email ordinario implica un riesgo real: basta con que un vecino alegue que “no fue convocado” para poner en cuestión la validez de los acuerdos adoptados.

La clave no está en elegir entre coste o seguridad jurídica, sino en digitalizar la evidencia mediante el email certificado.

Reclamación de deuda a morosos: el paso previo imprescindible

Antes de acudir a un procedimiento monitorio contra un propietario moroso, es imprescindible acreditar que se ha intentado el cobro amistoso. Este requerimiento previo no es un mero formalismo: puede ser determinante en sede judicial.

El uso del email certificado permite:

  • Acreditar el contenido exacto del requerimiento.
  • Probar la fecha y hora de envío.
  • Demostrar la entrega en el servidor del destinatario.

Frente al burofax no recogido o a la carta devuelta, la notificación electrónica certificada genera un recibo digital con sellado de tiempo y huella hash del contenido. Esto resulta especialmente relevante a la luz de la doctrina reciente que refuerza la validez probatoria de los servicios electrónicos certificados en el marco procesal actual.

Para el administrador, significa poder demostrar ante el juez que la comunidad actuó con diligencia y buena fe antes de iniciar acciones judiciales.

Convocatorias de Junta: evitando impugnaciones por defecto de forma

Uno de los mayores temores en la gestión comunitaria es la impugnación de acuerdos por defectos formales en la convocatoria.

El email simple no garantiza ni la recepción ni la integridad del orden del día adjunto. Las confirmaciones de lectura dependen exclusivamente de la voluntad del destinatario y no tienen valor probatorio autónomo.

En cambio, el email certificado permite:

  • Probar qué documento exacto se envió (orden del día, documentación anexa).
  • Acreditar cuándo se realizó la convocatoria.
  • Demostrar la entrega técnica al destinatario.

Si un vecino sostiene que no fue convocado, la comunidad dispone de una evidencia técnica verificable que puede presentarse en juicio. Esto blinda los acuerdos y reduce el riesgo de nulidades por cuestiones formales.

Actas y notificaciones posteriores: trazabilidad completa

No solo la convocatoria exige rigor. La remisión del acta de la Junta y de acuerdos relevantes también puede ser objeto de controversia.

La certificación electrónica permite mantener un registro histórico completo de todas las comunicaciones relevantes, facilitando la defensa de la comunidad ante conflictos internos o reclamaciones futuras.

En comunidades con alta conflictividad, esta trazabilidad documental se convierte en una herramienta de gestión imprescindible.

El ángulo olvidado: Coordinación de Actividades Empresariales (CAE)

Más allá de las juntas y los morosos, existe un riesgo menos visible pero jurídicamente mucho más grave: la responsabilidad en materia de prevención de riesgos laborales.

Cuando la comunidad contrata servicios de limpieza, mantenimiento de ascensores o reformas, asume obligaciones de Coordinación de Actividades Empresariales (CAE). Esto implica informar por escrito a las empresas contratistas sobre los riesgos específicos del edificio.

En caso de accidente laboral, la Inspección de Trabajo puede exigir prueba de que esa información fue efectivamente comunicada.

El email certificado permite acreditar:

  • El envío de la evaluación de riesgos.
  • Las instrucciones preventivas facilitadas a la contrata.
  • La fecha exacta de la comunicación.

En un procedimiento administrativo o judicial, esta evidencia puede resultar determinante para evitar responsabilidades civiles o incluso penales.

Comparativa práctica: coste y operativa

Para una comunidad de 15 propietarios, la diferencia económica es sustancial:

CaracterísticaBurofax / Carta certificadaeEvidMail
Coste unitario150€ - 450€ en total9€ en total
Gestión logísticaDesplazamiento o gestión manualEnvío inmediato desde el despacho
Prueba de contenidoSegún el productoCertificación íntegra del contenido
TrazabilidadSoporte físicoEvidencia digital verificable

La reducción de costes no es el único beneficio. La inmediatez y la posibilidad de integrar estas comunicaciones en el software de gestión del despacho mejoran notablemente la eficiencia operativa.


Preguntas frecuentes (FAQs)

¿Es obligatorio usar burofax para convocar una Junta?
No. La LPH exige notificación fehaciente cuando proceda, pero no impone un medio concreto. Lo relevante es poder acreditar envío, contenido y recepción.

¿Puede impugnarse una Junta si se utilizó email certificado?
Como en cualquier procedimiento, siempre cabe impugnación. Sin embargo, el email certificado aporta una prueba técnica sólida que dificulta alegaciones de falta de convocatoria.

¿El email certificado es válido ante los tribunales?
Sí. La normativa europea (eIDAS) y la práctica judicial admiten pruebas electrónicas siempre que se garantice su integridad y trazabilidad.

¿Sirve también para comunicaciones con empresas de mantenimiento?
Sí. Es especialmente útil en el marco de la Coordinación de Actividades Empresariales para acreditar que se informó de riesgos y medidas preventivas.


Conclusión

El administrador de fincas moderno no puede elegir entre seguridad jurídica y control del presupuesto. La gestión profesional exige cumplir escrupulosamente con la Ley de Propiedad Horizontal y con la normativa de prevención de riesgos sin trasladar costes desproporcionados a la comunidad.

El email certificado permite convocar juntas, reclamar deudas y cumplir obligaciones en materia de CAE con plena trazabilidad y a una fracción del coste del burofax. No se trata solo de ahorrar, sino de profesionalizar la gestión y proteger al administrador frente a impugnaciones, inspecciones y reclamaciones futuras.


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