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Un 40% de los españoles realiza compras por Internet todos los meses, según los datos que baraja el Consejo Económico y Social (CES), que destaca que el aumento de la facturación del comercio electrónico en España en 2016 fue de un 23,3% con respecto al año anterior y rozó una cifra de negocio de 22.000 millones de euros.

Pese a que estos datos se sitúan todavía lejos de otros países europeos, lo cierto estos números evidencian que año tras año crece la implantación del comercio online en España. Sin embargo, a medida que estas cifras crecen, también se incrementa el porcentaje de fraude que, según diferentes estudios, se situaría en torno al 0,5 – 1% de la facturación anual de las empresas. Partiendo de estas cifras podemos calcular que solo en España las compañías de e-commerce sufren anualmente más de 100 millones de euros en pérdidas por este motivo.

Una parte de estas pérdidas vienen provocadas por lo que se conoce como “fraude amistoso” (del inglés friendly fraud), que tiene lugar cuando un comprador, tras realizar una compra online a través de medios legítimos, presenta una reclamación negando haber realizado esa adquisición y efectúa una reclamación a su  banco para que se le devuelva el importe de la misma, sin que exista una causa razonable para ello.

La lucha contra el friendly fraud:

Con el potencial de crecimiento que tiene aún el comercio electrónico en España, las empresas necesitan soluciones que proporcionen herramientas efectivas y contrastadas para disputar con éxito las reclamaciones que este tipo de fraude supone con las entidades bancarias y los emisores de tarjetas.

 Y es que una vez el banco acepta la reclamación de cargo, si el comercio quiere recuperar el importe de la venta deberá demostrar que la compra fue legítima, presentando evidencias sólidas acerca de la misma. En una compra online, especialmente cuando se trata de productos intangibles como sería un billete de avión o una descarga de software, las firmas de tarjetas de crédito aceptan como evidencia el intercambio de correos electrónicos entre el vendedor y el comprador, siempre que pueda acreditarse su autenticidad. La posibilidad de certificar el contenido y entrega de estos correos permite a las empresas anticiparse a este tipo de fraude, asegurando de forma preventiva  una evidencia irrefutable de las comunicaciones relacionadas con las ventas online. De este modo, las empresas tienen a su disposición evidencias con eficacia probatoria en el caso que haya una disputa en la devolución de cargo.

Comunicar con los clientes con garantías a través del email certificado

“Por medio de la certificación de los emails a través de  un tercero, las empresas consiguen una evidencia de lo que se ha enviado por email y a partir de esta demostrar que los chargebacks son en realidad un fraude. Con esta simple precaución, empresas ecommerce de sectores como viajes o venta de entradas han conseguido en apenas 6 meses doblar sus tasas de recuperación de devoluciones de cargo, reduciendo las pérdidas por fraude y mejorando sus resultados y beneficios”, explica Carlos Ticó, CEO de eEvidence.


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